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Instalaciones que deben disponer de un desfibrilador

En este post te hablaremos de cuales son las instalaciones aragonesas que tienen obligación de disponer de un desfibrilador. (si necesitas saber que instalaciones deben disponer de un desfibrilador en otra Comunidad Autónoma, puedes encontrar la normativa correspondiente en este post)

Utilizar las maniobras de Soporte Vital Básico y tener al alcance un desfibrilador en el momento necesario y saber utilizarlo son dos acciones que salvan vidas. Las Comunidades autónomas han desarrollado sus correspondientes normas para el uso de los desfibriladores en sus respectivos territorios.

En Aragón el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario está regulado por el DECRETO 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, Puedes leer el Decreto completo en este link.

Si lo prefieres puedes leer este resumen que sigue.


La normativa establece en Aragón la obligatoriedad de disponer de un desfibrilador en las siguientes instalaciones:

1. Establecimientos comerciales, individuales o colectivos, que tengan una superficie de más de 2500 m2
2. Estaciones de autobús o de ferrocarril de poblaciones de más de 25000 habitantes y Aeropuertos.
3. Centros o complejos deportivos y piscinas en los que la afluencia diaria de personas usuarias, teniendo en cuenta todos sus espacios deportivos disponibles, sea igual o superior a 300 personas excluyendo las instalaciones deportivas de accesibilidad restringida.
4. Todos los centros escolares.
5. Centros de trabajo con más de 250 trabajadores.
6. Centros hoteleros y otros establecimientos dedicados al alojamiento de personas con más de 100 plazas.
7. Establecimientos públicos con aforo superior a 1.000 personas que sirven para la realización de actividades recreativos o espectáculos públicos. No se incluyen aquellas instalaciones desmontables o de temporada
8. Establecimientos de uso residencial en los que se desarrollan actividades de residencia o centros de día destinados a personas ancianas, con discapacidad física, sensorial, intelectual o con enfermedad mental, o aquellos en los que habitualmente haya usuarios que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que dispongan de 200 o más plazas en conjunto.
9. Al menos en una patrulla en la Policía local de las localidades que dispongan de policías locales o agentes municipales.


Además en este Decreto se recomienda la instalación de un DEA en todos aquellos espacios y establecimientos, públicos o privados, donde transiten o permanezcan grandes concentraciones de personas.


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Leyes sobre desfibriladores por Comunidades Autónomas

En este post hemos recogido un listado con las leyes existentes en España en las diferentes Comunidades Autónomas para regular en uso de desfibriladores.

ASTURIAS
Decreto 54/2016, de 28 de septiembre, por el que se regula la instalación y la utilización de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario, así como la formación y acreditación de las entidades formadoras para este uso.

ANDALUCIA
El Decreto 22/2012 de 14 de febrero es el Decreto por el que la comunidad autónoma de Andalucía regula el uso de los desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro. 

ARAGÓN
Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.

CANTABRIA
Orden SAN/82/2018, de 1 de octubre, por la que se regula el uso de desfibriladores externos y se establece la obligatoriedad de su instalación en determinados espacios de uso público externos al ámbito sanitario.

CATALUÑA
Decreto 30/2015, de 3 de marzo decretado por la Generalitat de Catalunya, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.

EXTREMADURA
Decreto 16/2019, de 12 de marzo, por el que se regula la instalación de desfibriladores externos automatizados (DEA) en el ámbito no sanitario, la autorización para su uso y la formación asociada al mismo.

EUSKADI
Decreto 9/2015, de 27 de enero, por el que se regula la instalación y uso de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos y se establece la obligatoriedad de su instalación en determinados espacios de uso público externos al ámbito sanitario.

LA RIOJA
Decreto 8/2019 por el que se regula la instalación y la utilización de desfibriladores semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

MADRID
Decreto 78/2017, de 12 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la instalación y utilización de desfibriladores externos en la Comunidad de Madrid, fuera del ámbito sanitario y se crea su Registro de desfibriladores.

NAVARRA
Decreto Foral 176/2011, de 31 de agosto, se reguló el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario en la Comunidad Foral de Navarra.

CASTILLA LA MANCHA
Decreto 4/2018, de 22 de enero, por el que se regula el uso de desfibriladores externos automatizados fuera del ámbito sanitario en Castilla La Mancha. 

CASTILLA LEON
DECRETO 9/2008, de 31 de enero, por el que se regula el uso de los desfibriladores externos semiautomáticos por personal no sanitario en Castilla León.

GALICIA
DECRETO 38/2017, de 23 de marzo, por el que se regula la instalación y el uso de desfibriladores externos en Galicia fuera del ámbito sanitario, y se crea su registro.

ISLAS BALEARES
Decreto 137/2008 de 12 de diciembre, por el cual se regula el uso de desfibriladores externos semiautomáticos en centros no sanitarios de las Illes Balears.

MELILLA
Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.

MURCIA
Decreto nº 349/2007, de 9 de noviembre, por el que se regula el uso de desfibriladores semiautomáticos externos por personal no médico en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

VALENCIA

El Decreto 159/2017 del Consell, regula la instalación, uso y formación de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos del ámbito sanitario, en toda la Comunidad Valenciana.

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